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CBAM, nueva normativa de la UE para abordar las emisiones de carbono

El pasado mes de mayo la Unión Europea ha implementó una nueva regulación destinada a supervisar las emisiones de CO2 relacionadas con la importación de productos con una alta huella de carbono, conocida como 'Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono' o 'Carbon Border Adjustment Mechanism' (CBAM).

La aplicación de esta medida está prevista para enero de 2026, aunque se ha aprobado ya una fase de transición que se iniciará el 1 de octubre de 2023, focalizada en productos con alto potencial de fuga de carbono, afectando a todos los importadores de dichos productos.

¿En qué consiste esta normativa?

El CBAM es una herramienta diseñada para tratar de contrarrestar la fuga de carbono en aquellas empresas con altas emisiones que trasladan la producción a regiones con regulaciones climáticas más laxas fuera de la UE. De esta manera, la UE busca reducir emisiones globales y promover igualdad para todas las empresas, independientemente de su ubicación de producción.

La CBAM se encargará de evaluar las emisiones de producción y equiparar el precio del carbono entre productos europeos e importados, previniendo la elusión de objetivos climáticos de la UE y evitando la sustitución de productos de la UE por importaciones con una mayor huella de carbono.

 

El CBAM se aplica a las emisiones de carbono de ciertos productos importados a la UE que presentan un alto riesgo de fuga de carbono. Estos incluyen cemento, hierro y acero, aluminio, fertilizantes, hidrógeno y electricidad, así como algunos productos relacionados con estos sectores. En un futuro, la UE también contempla la posibilidad de expandir la regulación a otros productos y sectores.

¿Cuándo se implementará?

La implantación del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono se llevará a cabo en dos etapas:

  • Fase de Transición (1 de octubre de 2023 - 31 de diciembre de 2025):
    Durante este período, los importadores deberán cumplir con nuevas obligaciones de información destinadas a recopilar datos esenciales para perfeccionar la metodología de presentación que se utilizará en la fase definitiva. Esto incluye presentar un informe trimestral que contenga información como el número de declaración aduanera y el régimen aduanero.
  • Sistema Definitivo (a partir del 1 de enero de 2026):
    En esta fase, se requerirá que los importadores obtengan los certificados CBAM y utilicen exclusivamente la metodología de la UE para presentar informes. Deberán declarar anualmente la cantidad de bienes importados en la UE durante el año anterior y la cantidad de gases de efecto invernadero incorporados en esos productos. También deberán entregar el número correspondiente de certificados CBAM.

 


¿Qué deben hacer los importadores en cada fase?

En la fase de transición del CBAM, los importadores deben notificar trimestralmente las emisiones de sus mercancías sujetas al CBAM sin realizar pagos. Para ello, deben seguir estos pasos:

  • 1. Darse de alta como declarante autorizado en el Registro Transitorio CBAM antes del 1 de octubre de 2023 si están establecidos en la UE.
  • 2. Cumplir con las obligaciones de comunicación de información que establecerán las autoridades aduaneras durante el periodo transitorio.
  • 3. Elegir entre diferentes modelos de presentación de informes, como el método de la UE, sistemas nacionales equivalentes de terceros países o informes basados en valores de referencia.
  • 4. Presentar el primer informe a finales de enero de 2024, abarcando los datos del cuarto trimestre a partir del 1 de octubre de 2023.
  • 5. Los informes se presentan trimestralmente y deben incluir información sobre las mercancías importadas durante ese período, como la cantidad total de cada tipo de mercancía, emisiones reales incorporadas, emisiones indirectas y el precio del carbono debido en el país de origen por las emisiones incorporadas en los bienes importados.


En la fase definitiva del CBAM a partir de 2026, los importadores de la UE deberán adquirir los certificados CBAM correspondientes al precio del carbono que se habría pagado si los bienes se hubieran producido de acuerdo a las regulaciones de la UE. Los pasos para los importadores en esta fase incluyen:

  • 1. Solicitar acceso al Registro CBAM y obtener un número de cuenta CBAM.
  • 2. Presentar la declaración en aduana y ser inscritos en el registro CBAM por la autoridad competente del Estado miembro.
  • 3. Presentar informes anuales antes del 31 de mayo de cada año, que detallarán la cantidad de productos importados en la UE durante el año anterior y la cantidad de gases de efecto invernadero incorporados en dichos productos. También se requerirá la entrega de certificados CBAM correspondientes.

 

Para más información puedes consultar toda la documentación recogida en la web de la Comisión Europea

También puedes contactar con el equipo de profesionales especializados en gestión aduanera de Jaylo, que te ayudará e intentará resolver cualquier duda que tengas respecto al cumplimiento de esta nueva normativa.